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En el calendario de tu PYME, anota las fechas clave para este final de 2024

Si tienes una PYME o estás en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), hay fechas próximas del calendario que tienen que estar grabadas en tu cabeza, pues tienen una importante relevancia en este tiempo que resta para finalizar 2024. Todos los años las fechas son similares, pero algunas cambian por recaer el último día de plazo habitual de pago en día inhábil. Apúntalas porque son vitales para tu PYME.

¿Y qué fechas son las más relevantes?

31 de octubre, que -además de ser día de abono a la Seguridad Social de las cuotas de autónomos y de los seguros sociales-, es el último día en el que los autónomos tienen de plazo para cambiar su base de cotización si la intención es cambiarla a partir del mes de noviembre.

5 de noviembre, si tu declaración de IRPF fue a pagar, y elegiste dividir en dos plazos el pago, recuerda que ese día te cargarán en el banco el 40% del importe total que te salía a pagar. Asegúrate de tener saldo en la cuenta ese día.

20 de noviembre, último día para el abono del Impuesto de Bienes Inmuebles. Es importante revisar si el pago del impuesto lo tenemos domiciliado o no, y si no lo está, de solicitar el recibo del IBI al Ayuntamiento correspondiente en el caso de que no lo hayan enviado, pues el contribuyente es el obligado a abonar el impuesto, no el Ayuntamiento a enviarlo.

29 de noviembre, último día para el abono a la Seguridad Social de las cuotas de autónomos y de los seguros sociales, recuerda que el 30 es sábado y te lo cargarán el viernes.

15 de diciembre, día en que muchos convenios colectivos (farmacia de Asturias, comercio, clínicas dentales, minoristas de alimentación, almacenistas de vinos…), que afectan a miles de PYMES asturianas, establecen para el abono de la paga extraordinaria de diciembre o Navidad.

31 de diciembre, que -además de ser día de abono a la Seguridad Social de cuotas de autónomos y de los seguros sociales-, es el último día en el que los autónomos tienen de plazo para cambiar su base de cotización si su deseo es cambiarla a partir del mes de enero. (aunque recuerda que tu base de cotización, desde el 1 de enero de 2023, será recalculada por la Seguridad Social en función de tus ingresos)

Y también es el último día en el que podremos realizar todas aquellas operaciones destinadas a reducir nuestro IRPF de 2023 que se presente en junio de 2024, como donaciones, amortizaciones de hipotecas fiscalmente deducibles, gastos… que os comentábamos en la entrada del blog anterior.

Existen otras fechas importantes ya para temas más específicos que pueden afectar a tu PYME. Las administraciones ponen a disposición de los contribuyentes diferentes calendarios de obligaciones. La Agencia Tributaria tiene el suyo, así como los Servicios Tributarios del Principado de Asturias.

Si tu deseo es modificar tu base de cotización, consulta con nuestro equipo laboral. Y si tienes dudas tributarias sobre el segundo plazo del IRPF o cómo reducir los impuestos de tu PYME el año que viene, nuestro equipo fiscal estará encantado de atenderte. Recuerda que el cumplimiento de los plazos de pago son vitales, ya que los recargos son muy elevados con tan solo un día que se abone transcurrido el plazo voluntario.

Además, si contratas con la Administración pública, en cuanto tu PYME incumpla un plazo de pago con la Seguridad Social, aparecerá como deudora de dicha Administración y no podrás contratar hasta que estés al corriente de pagos.

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