Novedades en el permiso por nacimiento y conciliación familiar: 17 semanas y 2 más.
Desde hace unas semanas, la ampliación del permiso por nacimiento se ha convertido en uno de los temas más comentados en el ámbito económico y laboral. El Consejo de Ministros aprobó ayer, y el BOE publica hoy, el RDL 9/2025 para ampliar el permiso por nacimiento y cuidado de los menores. Desde la Unión Europea se llevaba años exigiendo a España una mejoría en los permisos por nacimiento, e incluso había multado a nuestro país con una sanción diaria por cada día de incumplimiento de la normativa, por lo que las autoridades españolas se han visto obligadas a resolver el problema con esta legislación publicada hoy. Intentaremos resumir lo principal de las novedades aprobadas y resolver algunas dudas:
¿Cuál era la situación anterior?
El permiso por cuidado de hijos constaba de 16 semanas, de las cuales 6 semanas era obligatorio cogerlas inmediatamente después del nacimiento o adopción (con algunas excepciones) y las otras 10 podían solicitarse, bien a tiempo completo o a tiempo parcial, antes de que finalizase el primer año desde el nacimiento o adopción.
La conciliación en las familias con menores de 8 años concedía 8 semanas de permiso para los progenitores con hijos menores de 8 años, pero sin especificar si ese permiso era retribuido o no, y quién lo pagaba.
¿Qué ha cambiado?
El permiso por nacimiento ahora pasa a ser de 17 semanas, añadiéndose 1 a esas 10 que se pueden solicitar hasta 1 año después del nacimiento o adopción. Nada ha cambiado en el resto de requisitos o normativa, por lo que el modo de cálculo será el mismo que existía.
En la conciliación de la vida familiar sí se ha variado, y es que ahora se crea un nuevo permiso –además del que ya existía desde 2023 de 8 semanas, que se mantiene invariable– por el que se establecen 2 semanas de permiso retribuido por la Seguridad Social, permiso además que se pueden disfrutar a jornada parcial, siempre con acuerdo con la empresa.
¿A quiénes afecta?
Después de algunos rumores, el RDL lo deja claro, pues al modificar los artículos del Estatuto de los Trabajadores que rigen el permiso por nacimiento de hijos para trabajadores y autónomos, afecta a ambos colectivos. Y al modificar el Estatuto Básico del Empleado Público, también afecta a los funcionarios.
Cuando el permiso se solicite para situaciones de monoparentalidad, será de 32 semanas.

¿Cuándo entra en vigor?
El RDL establece que la entrada en vigor será a partir del día siguiente a su publicación -mañana 31 de julio-, pero realiza dos excepciones:
-Se aplica a nacimientos o adopciones desde el 2 de agosto de 2024.
-Se podrán solicitar a partir de 1 de enero de 2026. La redacción del RDL es bastante mejorable, pero hasta entonces no se puede pedir ni percibir la retribución correspondiente.
¿Qué pasará en la práctica?
Hasta ahora, las madres, muy mayoritariamente, acumulaban las horas de lactancia en días de permiso que disfrutaban tras agotar sus semanas de maternidad, por lo que todo indica que será también mayoritario el disfrutar de esas dos nuevas semanas de conciliación retribuidas tras la maternidad, aunque esas 2 semanas se pueden disfrutar no hasta que el recién nacido cumpla un año, sino hasta que cumpla 8 años.
Los medios de comunicación se lanzaron a pronosticar hace días lo que el gobierno iba a aprobar. Y así fueron surgiendo dudas sobre si las 2 semanas retribuidas estaban dentro de las 8 aprobadas en 2023, si todos los padres con hijos menores de 8 años podían solicitarlas…
El Consejo de Ministros lo aprobó ayer. El RDL ha sido publicado hoy. Entra en vigor mañana. La solicitud no se puede presentar hasta 2026. La redacción es bastante mejorable, y aunque muchas de esas dudas ya las hemos solventado, veremos a ver cómo se van aclarando ciertas incógnitas que todavía se mantienen. Nuestro departamento laboral ya está estudiando la norma.