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Etiqueta: farmacia

Anteproyecto de Ley del Medicamento y las farmacias.

Pues sí, se ha hecho público por parte del Ministerio de Sanidad el Anteproyecto de Ley del medicamento, que trae muchas novedades para el sector sanitario y farmacéutico. Nos centraremos en las novedades que, de aprobarse esta norma tras su tramitación, traería consigo a las farmacias.

La primera novedad importante es que, tras su aprobación, fisioterapeutas y profesionales de la enfermería podrán recetar medicamentos, uniéndose a los médicos, odontólogos y podólogos que ya podían emitir dichos documentos. Era una reivindicación importante que desde hace varios años llevaban haciendo los colectivos profesionales del sector.

El anteproyecto recoge también la renovación automática de algunas recetas médicas de pacientes recurrentes o crónicos, ahorrándole mucho tiempo a los médicos de atención primaria y por tanto, al Sistema Nacional de Salud.

Mantiene además uno de los puntos que se habían filtrado más polémicos: el copago de los medicamentos tal y como está vigente actualmente, sin modificar el copago de las rentas más bajas como habían pedido algunos grupos políticos, de hecho el diario El País el pasado mes de diciembre había anticipado una modificación del copago sanitario que, de momento, no se ha producido y que seguro que será una materia a discutir durante la tramitación de este anteproyecto de ley.

Se modificará el sistema de precios de referencia, ampliando la horquilla de precios de los fármacos que permita a que las compañías farmacéuticas puedan adaptarse mejor a sacar al mercado productos similares a los genéricos, aumentando en teoría la competencia.

Y sin duda, la modificación más relevante para todo el sector farmacéutico, es que se introducirá un importante cambio en los medicamentos recetados, y es que el médico prescribirá por principio activo, el farmacéutico deberá dispensar el medicamento más barato de los homogéneos con ese principio activo, y se permitirá al paciente que si desea otro que no esté dentro de esa horquilla de precios que hablábamos en el punto anterior, adquirir otro abonando la diferencia.

Las reacciones al anteproyecto no se han hecho esperar. Desde la industria farmacéutica, se ha dado la voz de alarma a través de su portal farmaindustria, con un duro comunicado donde se recomienda retirar la regulación de precios seleccionados porque pueden ocasionar problemas de suministro de los mismos, desincentivará la fabricación de medicamentos genéricos y traerá para las farmacias rurales problemas importantes de subsistencia.

En una línea similar, el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos de España advierte de otras situaciones peligrosas, como la reducción de la adherencia a los medicamentos, y del riesgo que corren los pacientes si ven cambiar su medicamento dispensación tras dispensación, además de destacar también los problemas que estas medidas generan para las farmacias que no tengan gran tamaño o en zona rural.

El correo farmacéutico recoge las impresiones de varios representantes de colectivos farmacéuticos. Así, el farmacéutico Jaime Espolita, presidente de la Sociedad Española de Farmacia Rural y titular de una farmacia en Amieva, Asturias, destaca y pone el acento en que el anteproyecto recoger que las administraciones prestarán una atención especial a las oficinas de farmacia en zonas rurales, y señala que la rotación del stocks en las farmacias rurales es mucho más complicada y por tanto les causará gran perjuicio.

Continúa Espolita destacando que el 86% de la facturación de las farmacias rurales proviene de la facturación de fármacos del Sistema Nacional de Salud, con lo que el anteproyecto afecta mucho más a farmacias rurales que a las urbanas, denunciando que las farmacias rurales dependerán del precio que negocien laboratorios con el ministerio y apenas tendrán capacidad para mejorar sus facturaciones.

Vicente Baixauli, presidente de la Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria, y titular de una botica en Mislata Valencia, prefiere destacar los avances en las competencias del farmacéutico en la asistencia a los ciudadanos y señalando la importancia de la comunicación entre médico y farmacéutico para poder mejorar la atención al paciente.

La Organización Médica Colegial, junto con otros colectivos de médicos, decanatos y estudiantes de medicina, ha suscrito un manifiesto donde advierten del peligro que supone que otros profesionales puedan recetar medicamentos, o que los farmacéuticos puedan modificar la prescripción de un medicamento por otro equivalente.

Desde nuestro equipo, estaremos atentos a toda la tramitación de este anteproyecto de ley para ver qué modificaciones se incluyen en el mismo. Se ha abierto un periodo de consultas durante lo que resta del mes de abril, en el que se incorporarán seguro novedades que, desde distintos sectores de la sociedad, aporten al anteproyecto. Después se iniciará la tramitación parlamentaria del mismo como proyecto de ley para su aprobación en el Congreso de los Diputados, por lo que aún faltan muchos meses para que esta norma vea la luz.

Novedades legislativas para las farmacias de Galicia

El Diario Oficial de Galicia ha publicado hoy 20 de marzo un decreto para regular la señalización y publicidad de las oficinas de farmacia de la CCAA. La última norma gallega que regulaba dicha materia era de 2008, y -ante el avance de las nuevas tecnologías- urgía una modificación normativa que actualizase la publicidad en el mundo farmacéutico. El decreto ha tenido su repercusión en diversos medios informativos gallegos, y entrará en vigor a los 20 días de su publicación.

Internet centra las novedades de la nueva norma aprobada, aunque existen otros puntos también de interés:

-Regulación de todas aquellas informaciones y publicidad que las oficinas de farmacia difundan en el ámbito digital, bien sea a través de su página web, o bien por medio de sus redes sociales. Se podrá aportar información general sobre el uso de medicamentos, educación sanitaria, prevención de enfermedades o campañas sanitarias. Las tarjetas de fidelización, boletines informativos y demás, sólo podrán referirse a productos que no sean ni medicamentos ni sanitarios.

-Por otra parte, prohíbe el uso de personas de relevancia para la publicidad de la farmacia, es decir influencers, youtubers y demás profesionales de la comunicación no podrán participar en la promoción de una botica.

-Estandariza de forma clara la señalización de las farmacias, otorgando un plazo de seis meses a las farmacias que no cumplan con la señalética oficial: tamaño máximo de la cruz, palabras que pueden aparecer en la fachada… También la de los envoltorios, bolsas y demás que sólo podrán tener los datos generales de información de las farmacias.

-Se prohíbe dar publicidad a herramientas de autodiagnóstico o automedicación desde las boticas.

Sin duda que otras CCAA deben también proceder a actualizar su normativa en relación a la publicidad de las farmacias para no quedarse atrás y aclarar las cada vez mayores dudas que hay en referencia al cambiante mundo de internet.

Nuestros profesionales ya han tenido que resolver distintas dudas de nuestros clientes con estas materias en Asturias, y es imprescindible que el proceso que se ha efectuado en la Comunidad Autónoma vecina se realice también en el Principado.

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¿Llega un nuevo concurso de farmacia en Asturias? Veamos otras CCAA…

En nuestra última publicación, hablábamos de la posibilidad de que se abriese un nuevo concurso de farmacia en Asturias.

Sin que haya habido novedad alguna del tema dentro de nuestra región, lo cierto es que en otras autonomías, en los últimos meses, sí que ha habido diversas noticias sobre el tema.

Hoy mismo, en el Correo Farmacéutico podemos leer las experiencias de cuatro farmacéuticos que acaban de abrir su farmacia en La Rioja tras el concurso recientemente concluido. El último había sido llevado a cabo en 2007.

El pasado 17 de julio, el Gobierno de Castilla La Mancha anunciaba la apertura de un concurso de farmacia para autorizar la apertura de 104 boticas en 31 municipios manchegos.

El 28 de abril, el diario La Razón nos informaba sobre los planes de reestructuración del sector farmacéutico que desarrollará la Junta de Castilla y León en los próximos dos años, donde se incluye también el llevar a cabo un nuevo concurso de farmacia.

En febrero fue el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la que modificó diversa legislación sobre concurso de farmacia, en su Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, estableciendo las fases que deben desarrollarse en cada concurso, otorgando más ventajas a determinados profesionales del colectivo farmacéutico.



Está claro que si en La Rioja, Castilla La Mancha o Castilla y León, que tras más de 15 años han llevado a cabo o llevarán de forma inminente un nuevo concurso de farmacia, y Andalucía -que prepara legislativamente el siguiente-, parece que las CCAA han comenzado una corriente aperturista en el sector farmacéutico de la que Asturias no será ajena.

¿Se avecina un nuevo concurso de farmacia en Asturias?

Los rumores en las últimas semanas son cada vez mayores, y apuntan a la celebración de un nuevo concurso de farmacia en el Principado de Asturias.

Hace semanas, fue el diario La Nueva España quien recogía los rumores de una posible reforma de la Ley de Ordenación Farmacéutica -que data de 2007- y que también se abriría un nuevo concurso de farmacia en Asturias. El último comenzó en 2002, abriéndose en el Principado 24 nuevas farmacias, tras un litigio por diversos recursos presentados que tuvieron un largo recorrido, llegando incluso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El portal consalud.es también se hacía eco de esos rumores, y avanzaba también que, claramente, los cambios de población de muchos núcleos en Asturias y en las grandes ciudades están detrás de esta idea de la Consejería de un nuevo concurso.

El 30 de mayo, era la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, órgano autonómico encargado de fiscalizar la actividad económico-financiera del sector público asturiano, la que advertía de la escasez de boticas observada en las ciudades de Oviedo, Gijón y Langreo en relación a su número de habitantes, tal y como recogía la Voz de Asturias. No sería de extrañar que se abriera alguna farmacia también en algunos concejos que ahora mismo no la tienen y se ven asistidos por un botiquín dependiente de la farmacia del concejo adyacente.

Pocas cosas se saben hasta el momento, el Principado está tanteando a los sectores implicados y pronto tendremos claro qué es lo que ocurrirá. Casualmente, en dos años se celebrará en Oviedo el 24 Consejo Nacional Farmacéutico, por lo que el protagonismo del sector será importante y es más que probable que nuestras autoridades autonómicas quieran tener el concurso resuelto para esa fecha.

En ARGUELLO ABOGADOS Y ECONOMISTAS asesoramos a 18 de aquellos 24 licenciados que abrieron sus farmacias en el concurso de 2002, defendiendo su derecho a la apertura ante los innumerables recursos presentados, y que llegaron al Tribunal de Justicia de la UE. Muchas de aquellas farmacias abiertas siguen siendo clientes nuestros actualmente.

Y lo que sí sabemos es que tenemos los conocimientos y la experiencia para poder asesorarte ante una modificación normativa tan importante:


Tanto si eres titular hoy de una oficina de farmacia y no sabes qué puedes hacer para prepararte ante la apertura en tu área de salud de otra farmacia (y cómo evitar, por ejemplo, que se sitúe en una zona donde tus ventas se vean mermadas).

Como si eres un licenciado que quiere aspirar a una de las farmacias de nueva apertura, te asesoraremos desde los primeros pasos a dar para obtener la mejor puntuación para el concurso, las noticias que vayan saliendo sobre la materia, la localización de los mejores lugares para abrir tu farmacia dentro del área sanitaria que corresponda… hasta que por fin puedas cumplir tu sueño de abrir la puerta de tu nueva farmacia.

Para ello contamos con un equipo multidisciplinar que te ayudará en todo lo que necesites, para que no quede ningún cabo suelto en todo el proceso.

Llámanos al 985234212 y pide tu cita.

Registro de jornada laboral, el popular «control horario»

Hace unos días, nos despertábamos con las declaraciones de la Ministra de Trabajo que proponía que la inspección de trabajo tuviera acceso automático vía remota a los controles horarios de las empresas.

Aún hace semanas un autónomo que contrataba a su primer trabajador nos preguntaba si era obligatorio llevar el registro horario. Y la respuesta es clara: sí. No importa ya si el trabajador está a tiempo completo o parcial, si teletrabaja, si tiene jornada reducida o el tipo de contrato que le vincule a la empresa. Todos los trabajadores por cuenta ajena deben llevar un registro horario diario. Así lo dispone el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Así que, ante las dudas planteadas, la importancia que el mismo tiene y las elevadas sanciones por no cumplir con esta obligación legal, pasamos a intentar aclarar los puntos principales sobre el registro horario de jornada.

¿Cómo he de llevarlo? Pues, mientras la ley no diga lo contrario, en cualquier tipo de soporte, desde un cuadro en papel, una aplicación informática, el registro del ordenador… cualquier forma que sirva para probar las horas en las que el trabajador está efectivamente trabajando. Sólo hay una forma de llevarlo que plantea problemas importantes y es la efectuada a través de máquinas con control biométrico (como aquellas que recogen la huella dactilar, por ejemplo), ya que la recopilación de estos datos puede ser ilegal según la Agencia Española de Protección de Datos al ser datos de elevada protección.

¿Debe estar firmado? Es lo más lógico, sino no sirve de prueba alguna, la empresa tiene que tener una copia firmada por el trabajador de todos los registros horarios, bien con firma escrita o electrónica.

¿Cómo se debe conservar? Los trabajadores tienen derecho a tener a su disposición el control horario que hayan firmado, por lo que deben estar en un lugar donde el trabajador tenga acceso, siempre en el centro de trabajo, ya que la inspección de trabajo puede exigirlo en cualquier momento.

¿Hasta cuándo hay que conservarlo? Entendemos que las sanciones laborales prescriben a los 4 años, por lo que se deberá estar en posesión del control horario hasta un máximo de 4 años.

¿Deben firmar o registrar solo la entrada y salida del trabajo? Aquí vienen las dudas más habituales. ¿Si salen a fumar deben registrarlo? La respuesta es que sí. ¿cuándo paran a comer porque su jornada es de 9 a 18 horas con una hora para comer? Sí. ¿Deben firmarlo si teletrabajan? Sí. ¿Y si salen a tomar el café o el bocata que les permite el convenio? No. ¿En una comida de empresa? No. ¿Las empleadas de hogar deben firmarlo? No, están exentas de la obligación.

Está claro: todos aquellos momentos de la jornada laboral que sean considerados como retribuidos en el convenio colectivo, son los que deben ser incluidos en el registro.

Siguiendo con este último criterio, una duda muy interesante que ya nos han consultado en varias ocasiones en torno al registro de jornada laboral: ¿hay que registrar las horas de «puesta a disposición de la empresa»? Son aquellos trabajadores que están en sus casas pero que deben acudir a trabajar si son requeridos, como retenes de los servicios de emergencia, farmacéuticos de farmacias rurales con guardias localizadas… Y la respuesta es que no, esas circunstancias son retribuidas de la manera que se establezca en el convenio, pero no deben tener reflejo en el control horario.

Si tienes cualquier duda sobre el control horario de tus trabajadores, puedes consultar a nuestro equipo laboral, estarán encantados de atenderte.

Ni las farmacias ni una app pueden vender medicamentos con receta a distancia

Recientemente hemos conocido una Sentencia de la Audiencia Nacional en la que, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en fecha 4 de octubre, desestima la reclamación formulada por una APP móvil frente a la orden de cese ordenada por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, dependiente del Ministerio de Sanidad. El funcionamiento de la aplicación era el de solicitar al paciente la fotografía de la receta médica para poder servir el medicamento tras el abono de la parte no cubierta por la Seguridad Social.

La Audiencia Nacional no sólo ha ratificado la orden de cese de actividad a la aplicación, sino que cierra cualquier posibilidad a recurrir la decisión al Tribunal Superior de Justicia de la UE, pues en la Sentencia hace referencia a la Directiva 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, señalando que la legislación interna ha encomendado a las oficinas de farmacia esa actividad comercial.

Aunque gran parte del sector ya daba por hecho lo que iba a suceder, es -sin duda- un gran triunfo para la sanidad y para la seguridad de la salud de todos los españoles, y a la vez para el sector farmacéutico. Las farmacias podrán seguir dispensando personalmente los medicamentos, y podrán seguir vendiendo de forma online el resto de productos que ofertan a sus clientes.

El fondo de comercio en las oficinas de farmacia

En las farmacias, uno de los gastos más elevados a la hora de calcular el rendimiento anual de su actividad, suelen ser las amortizaciones. Dentro de ellas, el activo intangible más representativo suele ser el fondo de comercio. Es un concepto de suma importancia que deben entender y tener claro los que inician el camino de comprar su oficina de farmacia.

El fondo de comercio no deja de ser el propio valor del negocio (la valoración de la localización, clientela, experiencia, etc…) que se ha pagado en el momento de adquisición de la farmacia, exceptuando los activos materiales.

El gasto anual por amortización del fondo de comercio es del 5%, pero se puede amortizar un porcentaje inferior, dado que la legislación solo establece un porcentaje máximo (la amortización del fondo de comercio será deducible con el límite anual máximo de la veinteava parte). También se puede acelerar dicho porcentaje al 7,5% anual, siempre que se trate de una empresa de reducida dimensión.

La determinación de este porcentaje en cada farmacia, tiene una gran trascendencia fiscal en el IRPF del farmacéutico, tanto en el cálculo del rendimiento anual de su farmacia, como ante un posible traspaso de la misma. Además, finalizar la amortización fiscal del fondo de comercio puede ser un motivo importante para cambiar de farmacia y realizar una nueva inversión.

La planificación fiscal es imprescindible para reducir la carga fiscal en estos casos. En nuestro despacho podemos asesorarte según tu situación personal para optimizar tus recursos. Llámanos al 985234212, concierta tu cita y te ayudaremos.

Farmacias y el acceso de los animales.

Hace unos días, hemos leído cómo se sancionaba a la dueña de un perro en Vigo que había dejado a su mascota atada a la puerta de una farmacia. Siguiendo con lo establecido en la Ley 7/2023 de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, el Ayuntamiento de la ciudad pontevedresa habría sancionado a la mujer con 500 euros de multa. Al final, la multa no era tal, pues el Ayuntamiento no llegó a tramitar ninguna sanción por esta conducta. Pero la situación nos lleva a plantearnos la duda: ¿se pueden dejar atados fuera a las mascotas? ¿pueden acceder a la farmacia?

La citada Ley 7/2023, en su artículo 27 d) ya nos responde a la primera pregunta. Está prohibido dejar a un animal atado sin la supervisión presencial por parte de una persona responsable, por lo que la policía local puede sancionar a quien ha dejado a un perro atado a la puerta de la farmacia -o evidentemente de cualquier negocio-. Siguiendo con dicha ley, los artículos 73 y 76 establecen esa conducta como falta leve sancionada con entre 500 y 10.000 euros.

Con respecto a la segunda pregunta, numerosos Colegios Profesionales de Farmacéuticos están recordando que son las legislaciones sanitarias autonómicas las que establecen la prohibición de entrada de animales a las farmacias. En Asturias, el artículo 34.7 de la Ley de Ordenación Farmacéutica, Ley 1/2007, es muy clara y no deja lugar a dudas: «La presencia de animales queda prohibida dentro de cualquier zona de la oficina de farmacia«. Tan sólo se permitiría el acceso -evidentemente- a los perros guía y a aquellos que pertenezcan a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y estén realizando su trabajo.

Deberán ser nuestros políticos quienes solucionen el problema, pero mientras tanto, nuestras mascotas no podrán acceder a las farmacias ni quedar fuera esperándonos salvo que esperen acompañadas.

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