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Etiqueta: seguro

¿Es obligatorio el «seguro de externalización» en las farmacias de Asturias?

En muchas ocasiones hemos recibido esta pregunta: ¿es obligatorio el seguro de externalización de las farmacias?

Antes de pasar a resolver esta duda, explicaremos qué es eso de la externalización.

El convenio colectivo de Oficinas de farmacia de Asturias, establece en su artículo 31 las Ayudas Asistenciales. En su punto 2 se recoge que En caso de jubilación o incapacidad permanente que impidiera la continuación en la prestación de servicios, el trabajador que tuviera en su empresa una antigüedad de al menos 15 años, percibirá de ésta una indemnización equivalente a dos mensualidades de su salario real.

Es una Ayuda que se mantiene invariable en el mismo punto del mismo artículo desde hace más de dos décadas.

El artículo siguiente, el 32, establece que la empresa debe contratar un seguro colectivo para situaciones de fallecimiento, gran invalidez, incapacidad permanente y auxilio por defunción de los trabajadores.

Tradicionalmente, los farmacéuticos hacían entonces dos seguros, uno para cubrir la Ayuda Asistencial mencionada (que llamaban seguro de externalización) y otro para cubrir lo recogido en el artículo 32 que hemos enumerado.

Pero si leemos con atención, en el artículo 32 sí habla de la obligación de contratar un seguro, cosa que no hace en el artículo anterior.

Por tanto NO es obligatorio tener un seguro para cubrir la Ayuda Asistencial recogida en el artículo 31, de tal forma que el farmacéutico puede contratar un seguro, y, cuando el trabajador se jubila, es ese seguro quien abonará la Ayuda Asistencial, o bien no contratar seguro alguno y, cuando el trabajador se jubila, abonar esos dos meses de salario real directamente, sin que se esté incumpliendo ningún tipo de norma por tenerlo o no.

Pero SÍ es obligatorio tener un seguro colectivo para las situaciones enumeradas en el artículo 32, de tal forma que si hay una incidencia recogida en ese artículo y no se tiene contratado, además de abonar la indemnización con el patrimonio de la farmacia, se corre el riesgo de una sanción por parte de la Inspección de Trabajo por no cumplir con las obligaciones que marca el Convenio Colectivo.

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